COMITE ASESOR DE COMERCIALIZACIÓN

-CAC-

MERCADO DE ENERGÍA MAYORISTA

 

Procedimiento para cambio de comercializador

DOCUMENTO CAC-001

Mayo 8 de 2000

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE COMERCIALIZADOR

 

  1. OBJETIVO
  2. Presentar a los agentes participantes en el Mercado de Energía Mayorista Colombiano el procedimiento para el cambio de comercializador que deben realizar los usuarios finales, regulados y no regulados, para participar en el mercado competitivo.
  3. ANTECEDENTES
  4. Ante el creciente número de usuarios conectados al Sistema Interconectado Nacional – SIN - que solicitan el cambio de comercializador, se han venido presentando una serie de diferencias entre los agentes que participan en el Mercado de Energía Mayorista – MEM -, a raíz de la falta de un procedimiento que especifique los pasos que se requieren para realizar este cambio.

    En respuesta a esto, los agentes que participan en el Comité Asesor de Comercialización – CAC – han realizado una revisión del documento elaborado por el Subcomité de Revisión y Vigilancia del SIC – SRV – sobre el tema, el cual incluye el análisis de la reglamentación vigente, con el fin de implementar un procedimiento que facilite el proceso, y brinde mayor información a los agentes del mercado y a sus clientes finales sobre los requisitos que se deben cumplir para el cambio de comercializador.

    Es importante señalar que en la actualidad no existe un procedimiento claro para el cambio de comercializador. Para llevar algunos controles sobre el proceso, los agentes utilizan el procedimiento señalado por el Administrador del SIC para la inscripción de fronteras comerciales, las cuales se utilizan para determinar los intercambios comerciales entre los agentes del mercado.

  5. CRITERIOS BÁSICOS.

En el análisis realizado se tuvieron en cuenta los siguientes criterios básicos:

 

  1. ANÁLISIS DE RESPONSABILIDADES

Antes de establecer el procedimiento detallado, es necesario definir las responsabilidades de cada uno de los participantes en el proceso.

Entre los agentes involucrados se destacan:

Las responsabilidades a definir son las de cada uno de estos agentes con los demás involucrados en el proceso de cambio de comercializador.

 

    1. CLIENTE
    2. Para el cliente que desea cambiar de comercializador se definen las siguientes responsabilidades:
      1. Con el comercializador actual
      1. Con el comercializador del mercado de comercialización
      1. Con el operador de red

 

    1. COMERCIALIZADOR ACTUAL
    2. Para el comercializador que atiende al usuario antes del cambio, se definen las siguientes responsabilidades:
      1. Con el cliente
      1. Con el operador de red
      1. Con el Administrador del SIC

 

    1. NUEVO COMERCIALIZADOR
    2. Para el nuevo comercializador se definen las siguientes responsabilidades:
      1. Con el cliente
      1. Con el actual comercializador
      1. Con el operador de red.
      1. Con el comercializador del mercado de comercialización.
      1. Con el Administrador del SIC.

 

    1. OPERADOR DE RED

 

    1. ADMINISTRACIÓN DEL SIC

El Administrador del SIC debe proveer información a los comercializadores y operadores de red involucrados sobre cualquier cambio de comercializador que se registre por parte de los agentes del mercado.

 

  1. PROCEDIMIENTO A SEGUIR
  2. El procedimiento para el cambio de comercializador que se debe seguir es el siguiente:
    1. INFORMACIÓN A LOS AGENTES INVOLUCRADOS

El cliente, regulado o no regulado, debe informar por escrito al comercializador actual y al operador de red del cambio de comercializador. Para esto deberá utilizar los formatos SIC-010 y SIC-040 del anexo de este documento.

En la comunicación se debe incluir la solicitud de los siguientes documentos:

Para el caso de los clientes regulados, esta comunicación debe enviarse con una anticipación de un período de facturación. En el caso de clientes no regulados, según lo establecido en el contrato de cada cliente.

La solicitud debe presentarse en la oficina designada por el comercializador actual y por el operador de red para el trámite de estos documentos.

Los comercializadores y operadores de red que participan en el Mercado Mayorista deberán informar al Administración del SIC la oficina en la cual recibirán el trámite de los documentos requeridos para el cambio de comercializador. El ASIC pondrá a disposición de los agentes del mercado esta información a través de un medio electrónico que facilite su consulta en línea. Cuando el comercializador o el operador de red requieran cambiar la oficina establecida para estos trámites, deberán informar al ASIC con una anticipación de quince días calendario, para que la información sea actualizada oportunamente a los agentes que van a tramitar la documentación.

 

    1. EXPEDICIÓN DEL PAZ Y SALVO
    2. El actual comercializador, una vez recibida la comunicación del cliente informando el cambio de comercializador y solicitando el paz y salvo, cuenta con cinco (5) días hábiles para la expedición del mismo, o para informar las causas por las cuales no lo expide. Para el caso de Paz y Salvo se sugiere el formato SIC-020, y para la negación del mismo, el formato SIC-030, que se incluyen en el anexo de este documento.

      Pasados los cinco (5) días hábiles sin respuesta por parte del comercializador actual, el nuevo comercializador puede proceder a registrar la frontera comercial dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para la emisión del paz y salvo, siempre y cuando el usuario realmente esté a paz y salvo.

      La fecha de recepción de la solicitud en el actual comercializador será la de radicación del documento en la respectiva empresa. Para esto, se tendrá en cuenta la fecha que aparezca en el comprobante de entrega de una empresa de correo.

    3. ACTA DE VERIFICACIÓN O INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA

Para la elaboración y firma del acta de instalación de los equipos de medida se presentan tres casos:

Al igual que en el caso del paz y salvo, el plazo del operador de red para dar respuesta a las solicitudes se establece a partir de la fecha de radicación del respectivo documento en las oficinas de la empresa, o la fecha de entrega según el comprobante de una empresa de correo.

En los casos en que es necesario programar visitas para cambios de equipos, el operador de red debe informar al comercializador que solicita el cambio la fecha programada para la visita dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de solicitud.

      1. No hay cambio de equipos de medida
      2. Cuando los equipos del usuario cumplen con los requisitos exigidos en el Código de Medida para las fronteras comerciales y el cliente no solicita cambio de los mismos, el operador de red cuenta con cinco (5) días hábiles para dar respuesta a la solicitud de acta de instalación de equipos de medida, sin necesidad de programar visita de verificación.

        El cliente, a través del actual comercializador, en el momento de informar el cambio de comercializador al operador de red, hará entrega al nuevo comercializador y al operador de red, de la configuración de los equipos de medición, y permitirá el acceso remoto a estos equipos. Una vez el operador de red verifique la correcta interrogación de la información de medidas vía remota, procederá a firmar el acta correspondiente a la instalación de los equipos, que será usada para efectos del registro de la frontera comercial. Para este procedimiento dispone del tiempo previsto de cinco (5) días hábiles desde la notificación del cambio de comercializador.

      3. Cambios de equipos que no afectan a otros clientes de la red
      4. La fecha programada para la revisión y/o instalación de los equipos de medida debe ser dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al plazo que tienen los operadores de red para programar, en los casos en que las maniobras a ejecutar no implican la suspensión del servicio a otros usuarios por parte del Operador de Red.

        Si el operador de red no puede cumplir con la fecha programada inicialmente, deberá informar con al menos 24 horas de anticipación sobre la cancelación de la misma, y programar una nueva fecha dentro del mismo plazo estipulado para la programación inicial.

        En la fecha en que se instalen los equipos, de ser posible, se realizará la verificación del acceso remoto a la medida por parte del operador de red. En caso de no poder confirmar el acceso, el operador de red cuenta con dos (2) días hábiles para verificar el acceso remoto y enviar el acta de instalación de equipos de medida debidamente firmada al nuevo comercializador.

      5. Cambio de equipos de medida que afectan a otros usuarios

La fecha programada para la revisión y/o instalación de los equipos de medida debe ser dentro de los doce (12) días hábiles siguientes al plazo que tienen los operadores de red para programar, en los casos en que las maniobras a ejecutar implican la suspensión del servicio a otros usuarios por parte del Operador de Red.

Si el operador de red no puede cumplir con la fecha programada inicialmente, deberá informar con al menos 24 horas de anticipación sobre la cancelación de la misma, y programar una nueva fecha dentro del mismo plazo estipulado para la programación inicial.

El día en que se instalen los equipos de medida, el cliente, a través del nuevo comercializador, hará entrega al operador de red de la información necesaria para la correcta interrogación del equipo de medida y permitirá el acceso remoto a la misma.

El operador de red verificará, de ser posible, el acceso remoto a los equipos de medida. De no lograr hacerlo durante la instalación, el operador de red cuenta con dos (2) días hábiles después del día de instalación de los equipos de medida para proceder a verificar el acceso remoto y a firmar el acta de instalación de los equipos de medida.

 

  1. INSCRIPCIÓN ANTE EL ADMINISTRADOR DEL SIC
  2. Para la inscripción de la frontera comercial se debe seguir el procedimiento establecido por el Administrador del SIC para el efecto.

    El Administrador del SIC o cualquiera de los agentes involucrados en este procedimiento, informarán a la Superintendencia de Servicios Públicos las anomalías presentadas durante el procedimiento de cambio de comercializador y registro de la respectiva frontera comercial, para que este organismo realice las investigaciones del caso.

  3. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
  4. Cuando se presenten diferencias en la ejecución de este procedimiento por parte de los agentes del Mercado de Energía Mayorista, deberá elevarse consulta al Comité Asesor de Comercialización, quien será la primera instancia para la interpretación de los aspectos contenidos en el presente documento. En los casos en que la diferencia persista, después de ser presentado en el CAC, será la CREG la encargada de resolver tales diferencias.
  5. MARCO LEGAL

El presente documento se elaboró teniendo en cuenta:

 

 

 

 

 

ANEXOS.

 

 

 

y Salvo.

(UR y UNR)

 

 

 

FORMATO DE NOTIFICACIÓN Y SOLICTUD DE PAZ Y SALVO.

SIC-010

 

Fecha: (dd-mm-aaaa)

 

 

 

Señores:

_______________________- Comercializador (comercializador actual)

Dirección

Teléfono

Fax

Ciudad

 

Asunto: Notificación de cambio de comercializador y solicitud de Paz y Salvo.

Respetados señores:

Nos permitimos informar que a partir del día (dd) de (mm) del año (aaaa) he decidido cambiar de comercializador, y la empresa que pasará a representar mi demanda ante el Mercado de Energía Mayorista es _________________________________ - Comercializador cuya dirección es ( Dirección, ciudad, teléfono, fax).

Además solicito a ustedes la expedición del Paz y Salvo con su empresa. Los datos de la cuenta que va a cambiar de comercializador son los siguientes:

Nombre del cliente: ________________________________________

NIT de la empresa (Opcional): ________________________________

Dirección del cliente: ________________________________________

Número de identificación o de cuenta:___________________________

Además autorizo a la empresa ______________ - Comercializador para adelantar los trámites necesarios para el cambio de comercializador.

Cordialmente,

 

 

 

 

________________________ _____________________________

Firma del Cliente Fecha y hora de recibo en las oficinas

(Representante legal para personas jurídicas) del Comercializador

 

 

FORMATO DE EMISIÓN DE PAZ Y SALVO

SIC-020

 

PAZ Y SALVO

 

Fecha (dd/mm/aaaa):

Por medio del presente documento la empresa ________________________________ certifica que el cliente que se relaciona a continuación se encuentra a PAZ Y SALVO, por concepto de consumos de energía y solo presenta deuda corriente por valor de $ ___________________, con fecha de pago (dd/mm/aaaa), quedando pendiente de liquidar el consumo de energía desde (dd/mm/aaaa), hasta la fecha en que quede debidamente registrada la frontera ante el ASIC. Se hace constar que en el valor indicado se incluyen todos los conceptos de facturación asociados al servicio público domiciliario de energía eléctrica, según consta en el contrato de servicios públicos y en el contrato de condiciones uniformes.

Los datos del cliente son los siguientes:

  1. Nombre de la empresa: ______________________________________
  2. NIT de la empresa (Opcional): _________________________________
  3. Dirección del cliente: _________________________________________
  4. Número de identificación o de cuenta: ___________________________

OBSERVACIONES:

____________________________________________________________

____________________________________________________________

Para efectos de la inscripción de la frontera comercial ante el Administrador del SIC, este certificado es válido hasta el día (dd) del mes de (mm) del año (aaaa).

 

 

 

________________________

Firma autorizada

 

 

 

FORMATO DE NO PAZ Y SALVO

SIC-030

 

 

 

Fecha. (dd.mm.aaaa)

 

 

 

Señores:

 

 

 

 

 

 

 

Le informo que el cliente:

 

 

Nombre de la empresa: ______________________________________

NIT de la empresa (Opcional): _________________________________

Dirección del cliente: ________________________________________

Número de identificación o de cuenta: ___________________________

 

NO se expide PAZ Y SALVO por las razones que se indican a continuación:

___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

 

 

 

 

_________________________

Firma autorizada

 

 

 

FORMATO DE SOLICITUD AL OPERADOR DE RED (UR Y UNR)

SIC-040

Fecha; (dd-mm-aaaa)

 

Señores:

_______________________- Distribuidor (Operador de red)

Dirección

Teléfono

Ciudad

 

Asunto: Notificación de cambio de comercializador y solicitud de fecha de revisión.

Respetados señores:

Nos permitimos informar que a partir del día (dd) del mes de (mm) del año (aaaa) he decidido cambiar de comercializador, y la empresa que pasará a representar mi demanda ante el Mercado de Energía Mayorista es ______________ - Comercializador el cual puede contactar en la (dirección, ciudad, teléfono, fax).

Además solicito a ustedes programar la revisión correspondientes para el cambio de los equipos de medición que se utilizan para registrar mi consumo y verificar el acceso a los datos de contadores que determina mi frontera comercial y la firma de la respectiva acta de instalación de los equipos de medida que se requiere para inscribir la frontera comercial ante el Sistema de Intercambios Comerciales-SIC.

Los datos de la cuenta que va a cambiar de comercializador son los siguientes:

Nombre del cliente: ________________________________________

NIT de la empresa (Opcional): ________________________________

Dirección del cliente: ________________________________________

Además autorizo a la empresa ______________ - Comercializador para adelantar ante ustedes los trámites necesarios para el cambio de comercializador y de equipos de medida.

Cordialmente,

 

 

 

________________________

Firma del Cliente

(Representante legal para personas jurídicas)